Las pensiones para adultos mayores se han vuelto un tema de conversación más común entre los trabajadores jóvenes, pues las personas nacidas después de 1980 no tendrán derecho a esta prestación de manera garantizada, pero, ¿cuál es la razón? Aquí te explicamos qué dice la ley y cuánto deben ahorrar para tener una jubilación digna.
La mayoría de las personas nacidas durante la llamada “generación millennial” (de 1981 a 1993), o después, han comenzado a preguntarse qué sucederá cuando llegue el momento de jubilarse, pues actualmente no tienen garantizado que recibirán un ingreso económico similar al que ganen durante los últimos cinco años de su vida laboral, algo que sí ocurre con quienes nacieron antes.
¿Por qué los nacidos a partir de 1980 no tendrán derecho a una pensión?
La razón por la que las personas nacidas a partir de 1980 no tendrán una esta prestación es que gran parte de ellas no alcanzaron a cumplir los 18 años antes de la reforma del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de 1997, en la cual fue eliminada la pensión garantizada para la mayoría de los trabajadores formales; por lo tanto, no alcanzaron a cotizar en un empleo formal con el cual tuvieran derecho a recibir su propia pensión.
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Tras la eliminación de la pensión garantizada de la ley del IMSS también se establecieron otras formas de retiro, de manera que quienes se jubilen reciban un ingreso económico; sin embargo, en estos casos influye el ahorro que cada persona haga a lo largo de su vida laboral.
Tipos de pensiones en el IMSS
Actualmente existen dos tipos de regímenes para las pensiones: el primero es de 1973, mientras que el segundo es de 1997. La forma de identificar a cuál perteneces es la fecha en la que empezaste a cotizar.
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Básicamente si tu cotización comenzó antes del 1 de julio de 1997, entonces perteneces al régimen de 1973, por lo que aún tienes derecho a una pensión garantizada hasta el fallecimiento. En este rubro entran dos modalidades:
- Por vejez: aplica si la persona se retira a los 65 años o después, y se le entrega un ingreso mensual equivalente al promedio ganado durante sus últimos cinco años laborales.
- Por cesantía: aplica para las personas que se retiran entre los 60 y 64 años, cuyo ingreso corresponderá del 75 al 95% del sueldo que recibieron durante sus últimos cinco años laborales.
Por otro lado, si la persona empezó a cotizar después del 1 de julio de 1997 eso significa que pertenece al régimen de 1997, en la cual hay tres modalidades de retiro:
- Retiro programado: se recibe un ingreso mensual durante un periodo determinado, el cual está determinado por la esperanza de vida; sin embargo, esta cantidad de dinero se recibe hasta que se agoten los recursos de la cuenta AFORE de la persona, organismo que se encarga del pago.
- Renta vitalicia: se recibe un ingreso de por vida, el cual se contrata con los ahorros ganados durante la vida laboral mediante el ADORE y una aseguradora con convenio en el IMSS.
- Pensión garantizada: sólo es aplicable para las personas que cumplan con los requisitos de edad y semanas cotizadas ante el IMSS, pero cuyos ahorros no sean suficientes para entrar en las dos modalidades anteriores. El ingreso recibido es básico.
¿Cuánto necesito ahorrar para un retiro digno?
Si no contarás con una pensión garantizada y quieres una vejez digna es necesario ahorrar durante la vida laboral; sin embargo, la cantidad para el retiro que necesites también dependerá de lo que aspires a recibir en un futuro.
De forma general, lo más adecuado es hacer aportaciones a tu AFORE. En cuanto a la cantidad de ahorro la empresa WTW (especializada en soluciones analíticas con base en riesgo y capital) y Grupo Bursátil Mexicano (GBM) recomiendan ahorrar entre el 10 y el 20% de tus ingresos mensuales, de manera que al retirarte cuentes con una cierta cantidad para tu vejez.
vcz.