El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advierte a los usuarios de bancos sobre los conceptos que no son permitidos en las transferencias bancarias.
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Los bancos han estado reinventándose día a día, y la incorporación a la tecnología ha facilitado muchos trámites, pues ahora los usuarios ya no tienen que pasar por largas filas u horas de espera para poder hacer un movimiento específico en su cuenta de banco.
Parte de estas actualizaciones son las aplicaciones bancarias, en las que con un solo clic podemos tener acceso a realizar distintos movimientos, ya sea un estado de cuenta, checar el saldo o la más utilizada, hacer transferencias bancarias, donde cada usuario envía cierta cantidad de dinero a otro desde su dispositivo móvil.
¿Qué conceptos de pago no usar?
El famoso “concepto” es un apartado de las transferencias en donde se puede agregar una breve descripción, la cual sería el motivo de la transferencia; sin embargo, muchos usuarios han optado por tomar de broma el apartado y utilizar conceptos no tan agradables.
El concepto lo utilizan de broma para causar un momento de gracia al usuario que se lo envía, pero esta situación puede convertirse en un grave problema con el SAT.
Ya que ha dicho que para este nuevo año 2024, tendrás que evitar ciertos conceptos, debido a que el SAT comenzará a utilizar la inteligencia artificial (IA) para poder encontrar palabras clave que tengan relación con un delito y así investigar directamente en esas cuentas.
Debido a esto, tendrás que dejar los “conceptos” de broma, como nombre falso o palabras que hagan referencia a arm*s, drog*s o cualquier servicio o producto delictivo.
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Conceptos permitidos por el SAT
Para evitar que el Servicio de Administración Tributaria te comience a investigar o tengas problemas, deberás utilizar conceptos cortos y precisos como “comida”, “pago de renta”, “despensa”, “colegiatura”.
Este tipo de conceptos es aceptado por el SAT y no generarán ningún percance.